A través de este artículo de hoy por parte de uno de nuestros abogados de accidentes de tráfico, te explicaremos detalladamente si tienes derecho a indemnización por atropello si tienes algún tipo de lesión por dicho accidente.
En caso de atropello, es necesario acreditar el accidente de tráfico, para poder después reclamar una indemnización al seguro por las lesiones y secuelas sufridas en el atropello. Este es un consejo principal para después reclamar, según nuestros abogados de accidentes de tráfico.
Por ello, si has sufrido un atropello como peatón, conviene avisar a la policía local o policía nacional, y que levante atestado de todo el accidente sucedido. De esta forma, la policía recogerá los datos de los conductores implicados, lugar del accidente, señales víales, testigos, pruebas, indicios de cómo ocurrió…
En caso de que no se haya avisado a la policía después del accidente de tráfico, es imprescinble, conocer los datos del vehículo que ha cometido el atropello, y conviene recabar los datos de los testigos presenciales que hayan visto el accidente de tráfico. Es decir, que se aconseja después del atropello, coger estos datos: nombre, dirección donde resida y teléfono, ya que serán de utilidad como prueba en la futura reclamación de indemnización al seguro responsable de accidente sufrido, o para citarle en un futuro juicio por accidente
Hay que tener en cuenta que, si se es asistido por una ambulancia en el lugar de los hechos, se debe pedir el parte de primera asistencia.
En estos casos, se reclamará la correspondiente indemnización por atropello, al vehículo implicado, con cargo a su cobertura de Responsabilidad Civil Obligatoria, no pudiendo el seguro del referido vehículo, eludir la responsabilidad en el accidente, salvo que se acredite la culpa exclusiva de la víctima, siendo dicho extremo un motivo de oposición.
¿Qué quiere decir la culpa exclusiva de la víctima en un atropello? Son los casos en los que el atropello se produce por una acción indebida del peatón, y que por lo tanto determina la producción del accidente. Es el caso en el que el peatón es atropellado por cruzar por una zona indebida, cruzar con un semáforo en rojo….
Por lo tanto, si te han atropellado cruzando de forma correcta, como lo es en un paso de peatones, podrás reclamar por el atropello, sin que el seguro pueda eludir responsabilidad y dejar de pagar la indemnización que te corresponde por el atropello.
Para la cuantificación de las lesiones y secuelas, existe lo que se conoce como el baremo de tráfico, ya que es la norma aplicable por los abogados de accidentes de tráfico.
Tras aplicar esta subida las indemnizaciones por lesiones temporales quedan de este modo:
Día de perjuicio muy grave = 104,42€
Día de perjuicio grave = 78,31€
Día de perjuicio moderado = 54,30€ Día de perjuicio básico = 31,32€
En cuanto a las secuelas derivadas del accidente, la cuantificación depende de la edad del lesionado, por lo tanto, habrá que atender a las circunstancias personales del lesionado en cada caso.