Reclamar por atropello de un ciclista

A través de este artículo realizado por nuestros abogados de accidente de tráfico, te mostraremos si tienes derecho a indemnización, si has sufrido un atropello cuando vas montando en bicicleta, como reclamar al seguro por las lesiones sufridas e incluso por los daños que presente tanto la bicicleta, como los demás complementos.

En estos casos, como sucede en cualquier accidente de tráfico, es necesario acreditar lo sucedido, para poder reclamar la indemnización al seguro.

Por ello, si has sufrido un atropello en bici, conviene avisar a la policía y que levante atestado de lo sucedido, ya que, en el mismo, constarán los datos del vehículo implicado y los posibles testigos que han presenciado el accidente. Es la recomendación principal que nos dan por nuestros abogados de accidente de tráfico.

Si no interviniera la policía tras el atropello del ciclista, es necesario que el conductor del vehículo, de parte a su seguro reconociendo la responsabilidad del accidente.

Es muy importante conocer los datos del vehículo implicado, y también los de los posibles testigos del atropello, todo ello, ya que son los encargados de corroborar como sucedió el accidente, si se negara responsabilidad por parte del conductor del vehículo implicado.

Hay que tener en cuenta que, si se es asistido por una ambulancia en el lugar de los hechos, se debe pedir el parte de primera asistencia. Aunque luego también será posible pedirla posteriormente.

En estos casos, el ciclista reclamará la correspondiente indemnización por atropello de ciclista, al vehículo implicado, y su seguro deberá asumir el pago tanto de las lesiones y secuelas, como los daños materiales que sufra el ciclista atropellado. En estos casos, en fundamental que la reclamación la realice un abogado de accidentes de tráfico especialista.

Para reclamar los daños materiales, es necesario, hacer fotografías de los artículos dañados, y tener la factura de compra o en su defecto, una factura proforma, o lo que es lo mismo un presupuesto del valor nuevo del artículo dañado.

Si el objeto dañado fuera reparable, se deberá obtener un presupuesto de reparación, y en este caso la compañía de seguros abonará el valor de la reparación.

Si no fuera reparable, la reclamación se hará por el valor de nuevo de ese objeto, aunque ya te adelantamos que la compañía querrá aplicar una depreciación, dependiendo de la antigüedad de este.

Tras aplicar esta subida las indemnizaciones por lesiones temporales quedan de este modo: 

Día de perjuicio muy grave = 104,42€ 

Día de perjuicio grave = 78,31€ 

Día de perjuicio moderado = 54,30€

 Día de perjuicio básico = 31,32€ 

En cuanto a las secuelas derivadas del accidente, la cuantificación depende de la edad del lesionado, por lo tanto, habrá que atender a las circunstancias personales del lesionado en cada caso.